El consumo colaborativo no es el nuevo nombre del trueque de toda la vida.
Hay una objeción a la llamada economía colaborativa que estoy encontrando por ahí en boca de gente que representa al sector hotelero, las agencias de viaje y otros profesionales turísticos que dice lo siguiente: desde el momento en que las plataformas tipo Airbnb, Uber y otras cobran una comisión, se convierten en intermediarios y no son economía colaborativa ya que esta requiere intercambios sin dinero de por medio.
Pero esto no es correcto, y lo que puede estar bien para empezar una charla de amigos en una cena con unos vinos, merece un poco más de rigor cuando se trata de profesionales analizando un fenómeno con tanta repercusión en su campo.
Economía colaborativa.
Desde la perspectiva más amplia, la economía colaborativa propone todo un nuevo planteamiento económico y social donde los modelos de negocio que surgen son redes o comunidades horizontales y participativas. Los que forman parte de estas comunidades se relacionan entre si por medio de plataformas P2P online o espacios compartidos como coworkings o laboratorios de fabricación digital (fablabs)
La economía colaborativa engloba varios fenómenos distintos, en particular los siguientes:
- La fabricación digital, el diseño en abierto y el movimiento Maker.
- Las finanzas de particular a particular como préstamos P2P o el capital aportado en masa como los conocidos crowdfunding.
- El consumo colaborativo o «sharing economy».
- El conocimiento en fuentes abiertas (open source).
Consumo colaborativo o «sharing economy».
De todo esto, lo que está más relacionado con el turismo es el consumo colaborativo o sharing economy, donde ya han surgido una variedad de servicios p2p que se ofrecen en plataformas online y que operan en campos como el alojamiento, el transporte, las rutas y actividades turísticas y la comida.
Lo fundamental en el consumo colaborativo no es que se produzcan intercambios de bienes sin transacciones económicas o que todos los que operan lo hagan sin ánimo de lucro. La idea básica es la de la movilización de «activos ociosos» facilitada por la tecnología de la información. Se trata de obtener un valor económico de recursos infrautilizados gracias a las posibilidades que da Internet para coordinarlos y que se puedan disfrutar de forma compartida.
Es un modelo que se basa en el acceso coordinado a los recursos frente a un modelo tradicional basado en la propiedad, mediante el cual se reduce el desperdicio que provoca la infrautilización de las cosas.
Lo que se comparte en estos modelos es el consumo de un recurso y esto se puede hacer a través del trueque pero, también, a través de un alquiler y, es posible y bastante probable, que existan de por medio comisiones.
Nuevas normas para nuevas realidades.
Las regulaciones tradicionales no son adecuadas para la economía colaborativa que es una nueva realidad que va a necesitar un marco normativo propio que determine cual es la responsabilidad y los derechos de cada uno de los participantes, tanto de los usuarios como de las plataformas y que introduzca transparencia en el funcionamiento de estos negocios.
En la situación actual hay muchas rendijas normativas que corren el riesgo de ser utilizadas por algunos para hacer de las suyas.
En este artículo se cuenta la historia de dos hermanos que se están especializando en timos y abusos en el entorno de la economía colaborativa. Primero recaudaron 25000 dólares en una plataforma de crowdfunding con la promesa de desarrollar un vídeo juego que nunca vio la luz y, después, alquilaron con una plataforma de home sharing un apartamento en el que han permanecido como ocupas varios meses, mientras dura el proceso de desahucio en California, incluso llegando a demandar al dueño con intención chantajista.
Para evitar que pasen cosas como esta, es urgente desarrollar un marco seguro que permita a la economía colaborativa operar en igualdad de condiciones con otros y que se desarrolle pensando en los beneficios que sus innovaciones pueden traer a las personas y a la sociedad, en lugar de pensando en los intereses de uno u otro grupo de presión afectado.